2 feb 2009

Unidad Intervención Policial (UIP)



Las Unidades de Intervención Policial son ORGÁNOS MÓVILES DE SEGURIDAD PÚBLICA con la misión de actuar en todo el territorio nacional, principalmente en los supuestos de prevención y de peligro inminente o de grave alteración de la seguridad ciudadana.

A finales de los años 80 surge la necesidad de dar una renovación a las antiguas CRG (Compañías de Reserva General)
las cuales se estaban quedando obsoletas tanto en estructura como en funciones.
Con la publicación del Real Decreto 1668/89 de 29 de Diciembre se inicia la creación de las Unidades de Intervención Policial (UIP) ya que en él se establecen las especialidades de su régimen y los principios básicos de actuación de las mismas.


Las funciones de las UIP.s vienen reflejadas en el Real Decreto 1668/89 de fecha 29 de Diciembre, y son:
  • Colaboración en la protección de los Reyes de España y altas personalidades nacionales y extranjeras.
  • Prevención, mantenimiento y restablecimiento del Orden y, en su caso, de la Seguridad Ciudadana.
  • Intervención en grandes concentraciones de masas, reuniones en lugares de tránsito publico, manifestaciones y
  • espectáculos públicos.
  • Actuación en situaciones de alerta policial por delitos de carácter terrorista o de delincuencia común y establecimiento
  • de controles y otros dispositivos policiales.
  • Protección de lugares e instalaciones de los supuestos en que así de determine
  • Intervención en motines y situaciones de análoga peligrosidad.



"Casi siempre mal vistos y juzgados mediáticamente y por la ciudadanía, son como poco, imprescindibles para el mantenimiento y en su caso restablecimiento de la seguridad ciudadana."

1 comentario :

Anónimo dijo...

Los antidisturbios molan.